Confidencialidad
Anulada
FTAA.TNC/cbf/w/03/Rev.7
22 de
enero de 2001
Fecha
Original: 12 de noviembre de 2000
Original:
Español
GUIA HEMISFERICA DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS
INDICE
I. INTRODUCCION 2
II. LISTA DE
PAISES INCLUIDOS 3
III. GUIA HEMISFERICA DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS
1. ENTRADA DE MERCANCÍAS 4
1.1 Trámites comunes 4
1.1.1 Trámites previos a la llegada de las
mercancías 4
1.1.2 Llegada y descarga de las mercancías 5
1.1.3 Almacenamiento temporal 8
1.1.4 Operadores 11
1.1.5 Declaración 13
1.1.6 Procedimiento de despacho 18
1.1.7 Valoración de mercancías 25
1.1.8 Levante o retirada de las mercancías 29
1.1.9 Revisión y reclamación 33
1.1.10 Información de la Aduana
36
1.2 Trámites especiales 37
1.2.1 Sustitución de mercancías durante el
período de garantía 38
1.2.2 Importación temporal para reexportación
en el mismo estado 38
1.2.3 Admisión temporal para perfeccionamiento
activo 40
1.2.4 Depósitos aduaneros 43
1.2.5 Efectos personales de viajeros 46
1.2.6 Mensajería ("Couriers") 50
2. SALIDA DE
MERCANCÍAS 52
2.1 Trámites comunes 52
2.1.1 Exportación 52
2.1.2 Exportación temporal para reimportación
en el mismo estado 54
2.1.3 Exportación temporal para
perfeccionamiento pasivo 56
2.1.4 Drawback o devolución de derechos 57
2.1.5 Reposición con franquicia arancelaria 59
3. TRANSITO Y ZONAS FRANCAS 60
3.1 Trámites comunes 60
3.1.1 Tránsito
60
3.1.2 Zonas Francas 63
IV. GUIAS
DE LOS PAISES (Pendientes de aprobación por los países)
I. INTRODUCCION
La Guía Hemisférica de
Procedimientos Aduaneros contiene la información básica sobre los
procedimientos aduaneros vigentes en países del ALCA, los que se detallan en la
sección II. Dicha información fue actualizada al 12 de noviembre 2000. La
información contenida en la Guía debe ser considerada sólo como una referencia,
esto no sustituye o prevalece sobre las legislaciones nacionales o
procedimientos en vigencia, en los países del ALCA.
La sustancia de la Guía consta en
la sección III y está estructurada en tres partes: (i) la entrada de
mercancías; (ii) la salida de mercancías; y (iii) el tránsito y las zonas
francas.
La Guía Hemisférica de
Procedimientos Aduaneros se presenta en los idiomas español, francés, inglés e
portugués.
En el caso de que el nombre del país aparezca subrayado en la sección 3, esto significa que existe un hiperenlace con la página electrónica de la aduana de ese país, en la cual la información sobre el tema en particular resulta más precisa y detallada.
La Guía Hemisférica de Procedimientos Aduaneros está disponible en
el internet a la dirección "http://www.ftaa-alca.org/spcomm/derdoc/cbfw3r7s.doc".
II. LISTA DE PAISES INCLUIDOS (34)
ANTIGUA Y BARBUDA
ARGENTINA
BAHAMAS
BARBADOS
BELICE
BOLIVIA
BRASIL
CANADA
CHILE
COLOMBIA
DOMINICA
ECUADOR
EL SALVADOR
GRENADA
GUATEMALA
GUYANA
HAITI
HONDURAS
JAMAICA
MEXICO
NICARAGUA
PANAMÁ
PARAGUAY
PERU
REPÚBLICA DOMINICANA
SANTA LUCIA
SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS
ST. KITTS Y NEVIS
SURINAM
TRINIDAD Y TOBAGO
URUGUAY
VENEZUELA
III. GUIA
HEMISFERICA DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS
1.1. TRAMITES
COMUNES
1.1.1 Trámites previos a la llegada de las
mercancías.
En
algunos países del área cuando una persona o una empresa desea importar una
mercancía, es necesario que éstos realicen determinados trámites ante la Aduana
o ante otros organismos. A continuación se describen algunos de estos trámites
y los países en que son requeridos.
1.1.1.1 La importación de mercancías está sujeta a
la obtención de una licencia o permiso antes de iniciar los trámites de importación; la licencia o permiso es
emitida por el Ministerio de Comercio Exterior o el Banco Central.
a) En los
siguientes países la licencia se requiere con carácter general para cualquier
importación:
|
ECUADOR |
|
|
b)
En cambio, en estos otros países la licencia sólo es exigida cuando se trata de
importar algunas mercancías que están sometidas a ciertas restricciones:
|
ANTIGUA
Y BARBUDA ARGENTINA BAHAMAS BARBADOS BELICE BOLIVIA BRASIL CANADA COLOMBIA COSTA
RICA |
DOMINICA EL
SALVADOR ESTADOS
UNIDOS (Ver "Restricted Merchandise") GRENADA GUATEMALA GUYANA HONDURAS JAMAICA MEXICO |
NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY REPÚBLICA
DOMINICANA SANTA
LUCIA SAN
VICENTE Y GRANADINAS ST. KITTS Y NEVIS SURINAM TRINIDAD
Y TOBAGO VENEZUELA |
1.1.1.2 Los siguientes países tienen establecidas
restricciones cuantitativas para la importación de algunos productos a través de un sistema de cuotas o
cupos que, generalmente, administran las autoridades del Ministerio de Comercio Exterior:
|
ARGENTINA BELICE BRASIL CANADA CHILE COLOMBIA |
COSTA
RICA ECUADOR HONDURAS GUATEMALA MEXICO |
PARAGUAY REPÚBLICA
DOMINICANA ST. KITTS Y NEVIS URUGUAY VENEZUELA |
1.1.1.3 Un reducido número de países han contratado
a empresas de verificación para la comprobación de las características de las
mercancías que van a ser importadas en dichos países. La actuación de estas
empresas se realiza, con carácter obligatorio, en el país en que se encuentran
las mercancías para ser exportadas al país de importación; el importador es
quien debe comunicar la naturaleza de la operación y solicitar la intervención
de las compañías. Estas emiten un certificado de inspección previa a la expedición que es exigido por la Aduana como
documento necesario para efectuar el despacho o trámites de importación.
Actualmente el certificado de inspección previa a la expedición es exigido en:
|
ARGENTINA BOLIVIA |
ECUADOR PARAGUAY |
PERU |
1.1.1.4 La mayoría de los países han suprimido la
exigencia de que sus oficinas consulares controlen, mediante el correspondiente
visado, los Manifiestos de carga destinados a sus respectivos países. No
obstante, en la actualidad es exigido aún en:
|
PARAGUAY |
REPÚBLICA
DOMINICANA |
|
1.1.2 Llegada y descarga de
mercancías.
Los
medios de transporte que llegan al territorio de un país deben someterse a la
potestad o control aduaneros. En virtud de esta potestad los responsables o
representantes de los medios de transporte que llegan del extranjero están
obligados a presentar una declaración general de carga o Manifiesto. En esta
sección se examina la forma en que esta obligación es cumplida en cada uno de
los países del Hemisferio.
1.1.2.1 Es obligatoria la presentación del Manifiesto a la Aduana en los
siguientes países:
|
ANTIGUA
Y BARBUDA ARGENTINA BAHAMAS BARBADOS BELICE BOLIVIA BRASIL CANADA CHILE COLOMBIA DOMINICA |
ECUADOR EL
SALVADOR ESTADOS UNIDOS Link#1 (Ver "Arrival of
Goods"); Link#2 GRENADA GUATEMALA GUYANA HAITI HONDURAS JAMAICA MEXICO |
NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY PERU REPÚBLICA
DOMINICANA SANTA
LUCIA SAN
VICENTE Y GRANADINAS ST. KITTS Y NEVIS SURINAM TRINIDAD
Y TOBAGO URUGUAY VENEZUELA |
1.1.2.2 Los siguientes países aceptan que la
información contenida en el Manifiesto se pueda enviar a la Aduana antes de la
llegada del vehículo:
a) Mediante transporte por vía aérea:
|
ARGENTINA BARBADOS
(sólo courier) BRASIL CANADA CHILE
(sólo courier) COSTA
RICA |
ESTADOS UNIDOS Link#1 (Ver "Arrival of
Goods"); Link#2 GUATEMALA HAITI |
PANAMÁ PARAGUAY PERU TRINIDAD
Y TOBAGO URUGUAY |
b) Mediante transporte por vía marítima:
|
ARGENTINA BAHAMAS BRASIL CANADA COSTA
RICA |
ESTADOS UNIDOS Link#1 (Ver "Arrival of
Goods"); Link#2 EL
SALVADOR GUATEMALA HAITI |
PANAMÁ PARAGUAY PERU TRINIDAD
Y TOBAGO URUGUAY VENEZUELA |
c) Mediante transporte por vía terrestre:
|
ARGENTINA BRASIL CANADA COSTA
RICA |
EL
SALVADOR GUATEMALA HAITI |
PANAMÁ PARAGUAY PERU |
d) Mediante transporte por vía fluvial:
|
ARGENTINA BRASIL |
CANADA HAITI |
PARAGUAY PERU |
1.1.2.3 Esta información puede enviarse, por vía electrónica, a las
Aduanas de:
|
ARGENTINA BAHAMAS
(sólo marítimo) BARBADOS
(sólo courier a aéreo) BRASIL
(sólo aéreo) CANADA CHILE
(sólo courier) COLOMBIA |
COSTA
RICA EL
SALVADOR ESTADOS UNIDOS Link#1(Ver "Arrival of Goods");
Link#2 GUATEMALA JAMAICA
(sólo courier) |
NICARAGUA
(marítima/aérea) PANAMÁ PARAGUAY PERU REPÚBLICA
DOMINICANA (marítima/aérea) URUGUAY
(marítima/aérea) |
1.1.2.4 El Manifiesto debe presentarse a la Aduana en los siguientes
plazos:
|
|
|
|
ANTIGUA
Y BARBUDA 24 horas
ARGENTINA Llegada
BAHAMAS 24
horas
BARBADOS 24
horas
BELICE 24
horas
BOLIVIA Llegada
BRASIL Llegada
CANADA Llegada
CHILE 24
horas
COLOMBIA Antes
de iniciar el descargue de la mercancía
COSTA
RICA Llegada
DOMINICA 24
horas
ECUADOR Llegada
EL
SALVADOR Llegada
ESTADOS UNIDOS Link#1(Ver "Arrival of Goods");
48 horas
GRENADA 24
horas
GUATEMALA Antes del
arribo del medio de transporte
GUYANA 24
horas
HAITI Llegada
HONDURAS 24
horas
JAMAICA 24
horas
MEXICO Llegada
NICARAGUA Llegada
PANAMÁ 48
horas
PARAGUAY Llegada
(2 horas vía aérea)
PERU 24
horas
REPÚBLICA
DOMINICANA Llegada
SANTA LUCIA 24 horas
SAN VICENTE Y GRANADINAS 24 horas
ST. KITTS Y NEVIS 24
horas
SURINAM 24
horas
TRINIDAD Y TOBAGO 24 horas
URUGUAY 24 horas
VENEZUELA Llegada
1.1.2.5 En ocasiones, una vez efectuada la
descarga, el número de bultos no coincide con el que se ha declarado en el
Manifiesto. En este caso pueden darse las siguientes situaciones:
a)
Generalmente, los países aceptan la corrección de los datos relativos a la
falta de bultos a la descarga en las siguientes condiciones: El transportista o
su representante debe comunicar a la Aduana los motivos de la falta de bultos y
la Aduana concede un plazo para que presente las correspondientes pruebas. Se
consideran causas aceptables para la falta de bultos, algunas de las
siguientes, siempre que se justifiquen: el envío por error a otro destino diferente, el hecho de no haber sido
cargados en el lugar de embarque o haber sufrido pérdida durante el transporte.
|
ANTIGUA
Y BARBUDA ARGENTINA BAHAMAS BARBADOS BELICE BOLIVIA BRASIL CANADA CHILE COLOMBIA |