Estatuto de la Inversión Extranjera en los Países del Hemisferio
Estudio Comparativo
1. Fuentes legales de la inversión extranjera.
Objetivo: Señalar si existe un Estatuto de la Inversión Extranjera e individualizarlo. En relación a los siguientes párrafos de este esquema, indicar el rango jurídico de las respectivas normas. Por ejemplo, normas sobre expropiación, ¿qué rango poseen?
Constitución de la República.
Código de Comercio, Ley de Inversiones, reformas y su reglamento, Código de Trabajo, decreto Nº 90-90, del 14 de agosto de 1990, Régimen de Importación Temporal, Ley Constitutiva de las Zonas Industriales de Procesamiento para Exportación y sus reformas, Ley Constitutiva de la Zona Libre de Puerto Cortes y sus reformas, Ley de Reforma Agraria, Ley Orgánica de HONDUTEL, Ley de Privatización y sus reformas, Ley de Impuesto Sobre la Renta y sus reformas, Decreto Nº 18-90, del 3 de marzo de 1990.
Secretaría de Economía y Comercio, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Gobernación y Justicia, Secretaría de Trabajo y Previsión Social, Banco Central de Honduras y los Registros de la Propiedad Mercantil de los departamentos del país.
2. Concepto y sujeto de la inversión extranjera.
Objetivo: La identificación de la inversión extranjera y del inversionista extranjero es esencial para determinar a qué y a quién se le aplican las normas sobre la materia. En el plano internacional es asimismo esencial, especialmente en caso de controversia y arbitraje.
2.1 ¿Está legalmente definida o conceptualizada la inversión extranjera en su país?
Sí, el reglamento de la Ley de Inversiones en su artículo 3 la define.
Sí, en el Registro de la Propiedad Mercantil, en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en la Secretaría de Economía y Comercio.
2.3 ¿Puede una persona natural acogerse al régimen de la inversión extranjera?
Sí, porque la definición de inversionista extranjero que dispone el reglamento de la Ley de Inversiones incluye la persona natural.
2.4 ¿Puede un nacional del Estado acogerse al régimen de la inversión extranjera?
Sí, cuando es residente en el exterior y realiza inversiones en el país con recursos externos.
Sí, por la parte de inversión extranjera que tiene.
2.6 ¿Existe un límite de tiempo para mantener la condición de inversionista extranjero?
Mientras el inversionista extranjero tenga su inversión en el país, debidamente registrada.
Para los ejecutivos no, siempre que no exceda de dos en cada caso, para los trabajadores sí, la Constitución de la República y el Código de Trabajo limita al 90% al menos, de trabajadores hondureños con un 85% como mínimo del total de sueldos devengados; pudiendo bajar la proporción hasta en un 10% de no contar con la mano de obra hondureña calificada pero por un período de cinco años hasta eliminar la participación de trabajadores extranjeros.
En la Constitución de la República se establece que la dirección de periódicos impresos, radiales o televisados y la orientación intelectual, política y administrativa de los mismos estarán bajo la responsabilidad solamente de hondureños; asimismo, dispone que en igualdad de condiciones los trabajadores hondureños tendrán preferencia sobre los trabajadores extranjeros.
En cuanto a las remesas de las remuneraciones a trabajadores extranjeros no hay regulaciones al respecto por lo que se sujetan a lo que dispone la política cambiaria.
3. Ámbito de actividades de la inversión extranjera.
Objetivo: Precisar el ámbito de actividades a que se puede extender la inversión extranjera, sus condicionamientos y limitaciones.
3.1 Los principios reguladores de la actividad económica.
a) ¿En qué forma está garantizada la libertad económica en su país?
La Constitución de la República da libertad para que el sector privado invierta en cualquier sector de la economía, reservándose el Estado por razones de seguridad e interés público algunas industrias básicas.
b) ¿Está garantizado el principio de no discriminación económica? ¿En qué forma?
En la Ley de Inversiones se permite trato igual a las empresas establecidas en el país, ya sea nacionales o extranjeras y la no discriminación en la participación de las sociedades.
c) Empresa Pública y Empresa Privada (local y extranjera). ¿Compiten en igualdad de condiciones o el Estado posee mayores beneficios?
Las empresas estatales antes de 1990 gozaban de todo tipo de exoneración de impuestos, con el decreto Nº 18-90 del 3-3-90 se derogaron las exoneraciones y franquicias aduaneras de que venían gozando para la importación de bienes.
Aporte en moneda extranjera de libre convertibilidad, terrenos, edificios, plantas industriales, maquinaria, equipo, repuestos, accesorios, materias primas, productos semielaborados y otros bienes tangibles e intangibles, legalmente acreditados destinados a unidades de producción o comercialización de bienes o servicios.
a) Señale los sectores o actividades económicas reservadas exclusivamente al Estado en su país. Explique las regulaciones relativas a esas reservas.
Solamente está reservado al Estado: la emisión de monedas y billetes y la fabricación, importación, distribución y venta de armas, municiones y artículos similares.
La Constitución se refiere a estas materias en los artículos 292 y 342.
b) Señale los sectores o actividades económicas en que solamente la inversión extranjera esté excluida, restringida o limitada en su país. Explique en qué consiste dicha exclusión, restricción o limitación.
Se excluye al inversionista extranjero de la industria y comercio en pequeña escala, definidas en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Inversiones. Los inversionistas extranjeros no pueden dedicarse a estas actividades, excepto si adquieren carta de naturalización como hondureños y siempre que en sus respectivos países exista reciprocidad (artículo 49, reglamento de la Ley de Inversiones).
c) ¿Existe, al respecto, el Principio de Reciprocidad Internacional en su legislación?
Sí, en materia de servicios aéreos y en la explotación de pequeños negocios de comercio e industria.
d) ¿Existen requisitos de desempeño a la inversión extranjera?
No existen, excepto en los siguientes casos: las empresas acogidas a regímenes de incentivos fiscales para promover exportaciones; los requisitos que en materia de normas de origen y tratamiento arancelario se establecen en convenios o acuerdos de comercio suscritos por Honduras; y los requisitos para la preservación de la salud pública y la conservación de los recursos naturales.
e) ¿Puede la inversión extranjera participar en igualdad de condiciones en las privatizaciones de su país?
No, pues participa en las subastas públicas o negociación directa de empresas estatales, pero si las ofertas son iguales a las de un nacional se prefiere a éste siempre que garantice capacidad económica para realizar la respectiva adquisición (Ley de Privatización).
4. Derechos y protección a la inversión extranjera.
Objetivo: Identificar el tipo de tratamiento que se concede a la inversión extranjera, sus derechos, protección e incentivos.
4.1 El tratamiento a la inversión extranjera y al inversionista extranjero.
a) Trato local o Cláusula de la Nación más favorecida. (Referirse a los párrafos 3.1 y 3.3.)
Sí, puesto que se le da a la inversión extranjera igual tratamiento que la nacional en todos los sectores económicos y el de nación más favorecida al darle igual tratamiento a la inversión extranjera de cualquier país que proceda.
4.2 La Protección a la Propiedad.
a) Causales constitucionales o legales que permiten expropiar o limitar la propiedad.
Con fines de reforma agraria o de ensanche y mejoramiento de poblaciones o cualquier otro propósito de interés nacional (Constitución de la República).
Cuando la propiedad constituya un latifundio o las tierras se encuentren ociosas o incultas o deficientemente explotadas o cuando la fragmentación de los predios de origen al minifundio y con éste al mal uso o destrucción de los recursos naturales o a un bajo rendimiento de los factores de la producción; o cuando se trate de predios rústicos que sean dueños dos o más personas y cuando los predios se hallan indirectamente explotados (Ley de Reforma Agraria).
La Ley Orgánica de HONDUTEL permite constituir servidumbre, establecer derechos de vía y decretar expropiaciones para realizar obras y trabajos de la institución.
b) La compensación. ¿Cómo se fija? ¿A qué valor debe corresponder? ¿Cómo debe cancelarse?
El valor de los predios será igual al promedio que resulte de los valores declarados por el propietario para fines del pago del impuesto sobre bienes inmuebles durante los tres años anteriores a la fecha de la expropiación, si dicho valor no ha sido declarado, se tomará como base el valor promedio declarado para otros predios ubicados en la misma zona.
En cuanto al pago, la Constitución de la República y la Ley de Reforma Agraria disponen que debe hacerse al contado y en Bonos de la Deuda Agraria redimibles anualmente (Ley de Reforma Agraria y Ley Orgánica de Hondutel).
c) ¿Puede la autoridad tomar posesión material del bien expropiado antes del pago de la compensación?
No, porque hasta que la institución que expropia efectúa el pago, no se pueden hacer los traspasos de propiedad en el Registro Publico de Comercio (Ley de Reforma Agraria y Ley Orgánica de Hondutel).
d) ¿Está igualmente garantizada la propiedad de las cosas corporales e incorporales?
El Código de Comercio regula todos los actos mercantiles, en consecuencia le garantiza la propiedad de todos los bienes tangibles e intangibles que se adquieran lícitamente.
4.3 Internación de Aportes y Remesas de Capital y Utilidades
a) ¿En qué formas pueden internarse los aportes como divisas, bienes físicos, tecnología, créditos asociados, otras modalidades? ¿Existen regulaciones específicas sobre cada modalidad de internación?
En moneda extranjera de libre convertibilidad, bienes tangibles o intangibles en todas sus formas y estados susceptible de ser capitalizados, créditos asociados a la inversión extranjera, capitalización de utilidades y otras formas de inversión que sean aplicables de conformidad al espíritu y objetivos de la Ley de Inversiones.
Hay regulaciones para los bienes tangibles cuyo valor será el que determine en la respectiva aduana de ingreso de conformidad a la Ley de Valoración Aduanera de las Mercancías (Ley de Inversiones).
El Código de Comercio dispone que las aportaciones de bienes distintos del dinero se entenderá traslativa de dominio y su valoración será hecha y certificada por peritos designados judicialmente, cuando los bienes se estimen en más de L. 5.000,00.
b) ¿Existen restricciones a la remesa de capital y utilidades, servicio de créditos u otras transferencias al exterior derivadas de la inversión extranjera?
No, la Ley de Inversiones permite este tipo de transferencias al exterior siempre que dicha inversión esté inscrita en el Registro de Inversiones de la Secretaría de Economía y Comercio.
c) ¿Existen diferentes tipos de mercados cambiarios? ¿A cuáles tiene acceso el inversionista extranjero?
El Reglamento para la Negociación Pública de Divisas en el Mercado Cambiario permite que cualquier persona natural o jurídica puede adquirir divisas directamente o por medio de un agente cambiario, en subasta pública celebrada en el Banco Central de Honduras.
4.4 Régimen Impositivo e Incentivos a la inversión extranjera.
a) Explique sumariamente a qué tributos está afecta la inversión extranjera.
Existen para las diferentes actividades económicas sean nacionales o extranjeras, 8 impuestos municipales; 31 del Gobierno Central y hay 3 organismos descentralizados en donde la empresa hace aportaciones para la seguridad social o de viviendas a sus trabajadores.
b) ¿Existen normas impositivas especiales para la inversión extranjera?
35% sobre rentas o utilidades obtenidas por empresas extranjeras por medio de sucursales, subsidiarias, filiales, agencias o representantes legales.
35% en caso de regalías y otras sumas pagadas por el uso de patentes, diseños, procedimientos y fórmulas secretas, marcas de fábrica, derechos de autor y otros análogos.
c) ¿Con qué países del Hemisferio ha suscrito su país Convenios para evitar la Doble Tributación?
Con ninguno.
d) ¿Existen otros incentivos a la inversión extranjera? Ejemplo, acceso al crédito interno, seguros a la inversión, terrenos industriales, franquicias aduaneras, etc.
El trato de igualdad a inversionista local y extranjero significa que ambos gozan del mismo tipo de incentivos. No existen incentivos especiales para la inversión extranjera.
Algunos incentivos comunes son:
Ley de Inversiones garantiza el acceso a financiamiento a través del sistema financiero nacional y del mercado secundario de valores.
En cuanto a incentivos fiscales puede mencionarse el Régimen de Importación Temporal, la Ley Constitutiva de Zonas Industriales de Procesamiento para Exportación y sus reformas (ZOLT), la Ley Constitutiva de la Zona Libre de Puerto Cortés y sus reformas y la Ley de Incentivos a la Producción Bananera, que otorgan incentivos fiscales a empresas dedicadas a la exportación de productos o servicios y al turismo.
Seguros a la inversión: El inversionista extranjero puede acceder a seguros respaldado por instrumentos que Honduras haya suscrito, como MIGA.
Objetivo: Se solicita aquí un pronunciamiento sólo general del tema en lo que se refiere a los Convenios de Protección de Inversiones, en consideración a que el detalle será materia de otro informe.
Los inversionistas extranjeros tienen los mismos derechos que los nacionales para ventilar sus conflictos en los tribunales de justicia, sin ninguna discriminación.
Sí, además de la Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial internacional.
Con Estados Unidos de América (pendiente de aprobación de parte del Congreso Nacional).
Después de la Constitución de la República, que ocupa el primer lugar, siguen en orden los tratados y convenios internacionales.
Véase respuesta a pregunta anterior.
Objetivo: Conocer las instancias responsables ante las cuales actúa el inversionista extranjero, su organización y funciones.
a) La Secretaría de Economía y Comercio, institución que tiene entre sus funciones la formulación y ejecución de política para la promoción y desarrollo de inversiones y exportaciones, así como la regulación del comercio nacional, regional e internacional y la de administrar las leyes de incentivos fiscales y el Registro de Inversiones.
b) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, institución responsable de las finanzas del Estado, administra, entre otros la deuda pública, la autorización para incorporación de empresas extranjeras al comercio hondureño y los Programas de Conversión de Deuda y Privatización.
c) El Banco Central de Honduras, institución responsable de la política monetaria y cambiaria del país, administra la subasta pública de divisas, regula las operaciones de financiamiento externo, la Cámara de Compensación y la Superintendencia de Bancos.
d) El Registro de la Propiedad Mercantil tiene bajo su responsabilidad la inscripción de todas las propiedades inmuebles del país.
e) Secretaría de Relaciones Exteriores que tiene bajo su responsabilidad la política exterior del país, administra el otorgamiento de visas para la entrada y salida de personas.
f) Secretaría de Gobernación y Justicia tiene bajo su responsabilidad la administración del movimiento migratorio del país, el otorgamiento de residencias para extranjeros.
g) Secretaría de Trabajo y Previsión Social encargada de los permisos de trabajo para extranjeros en las empresas establecidas en el país.