Estatuto de la Inversión Extranjera en los Países del Hemisferio
Estudio Comparativo
1. Fuentes legales de la inversión extranjera.
1Objetivo: Señalar si existe un Estatuto de la Inversión Extranjera e individualizarlo. En relación a los siguientes párrafos de este esquema, indicar el rango jurídico de las respectivas normas. Por ejemplo, normas sobre expropiación, ¿qué rango poseen?
2. Concepto y sujeto de la inversión extranjera.
Objetivo: La identificación de la inversión extranjera y del inversionista extranjero es esencial para determinar a qué y a quién se le aplican las normas sobre la materia. En el plano internacional es asimismo esencial, especialmente en caso de controversia y arbitraje.
2.1 ¿Está legalmente definida o conceptualizada la inversión extranjera en su país?
Conceptualizada, no existe una ley de inversiones que defina la proporción del patrimonio de propiedad de los inversionistas extranjeros.
Sí. El registro de los documentos de las empresas identifica la nacionalidad del propietario y el tipo de negocios.
2.3 ¿Puede una persona natural acogerse al régimen de la inversión extranjera?
Sí. No existe una ley específica de inversiones que describa el tratamiento del gobierno a los inversionistas nacionales y extranjeros.
2.4 ¿Puede un nacional del Estado acogerse al régimen de la inversión extranjera?
Sí. Como se explica en el punto 2.3.
Sí. Sujeto a reglamentaciones financieras.
2.6 ¿Existe un límite de tiempo para mantener la condición de inversionista extranjero?
No.
Tanto los ejecutivos como el personal están restringidos por las leyes de inmigración.
No existen cuotas por nacionalidad. La Ley del Control de Cambios rige la repatriación de las utilidades.
3. Ámbito de actividades de la inversión extranjera.
Objetivo: Precisar el ámbito de actividades a que se puede extender la inversión extranjera, sus condicionamientos y limitaciones.
3.1 Los principios reguladores de la actividad económica.
a) ¿En qué forma está garantizada la libertad económica en su país?
Guyana tiene políticas liberales y protege la inversión. No existen restricciones en relación con el porcentaje de participación de la propiedad privada o extranjera. La política del gobierno es proteger todo tipo de inversión.
b) ¿Está garantizado el principio de no discriminación económica? ¿En qué forma?
Guyana tiene políticas liberales y protege la inversión . No existen restricciones con relación al porcentaje de participación de la propiedad privada o extranjera. La política del gobierno es proteger todo tipo de inversión.
c) Empresa Pública y Empresa Privada (local y extranjera). ¿Compiten en igualdad de condiciones o el Estado posee mayores beneficios?
El gobierno respeta los derechos de propiedad de toda la inversión. Estos derechos están incorporados bajo leyes nacionales y en ellas no se discrimina entre extranjero y nacional o entre público y privado.
Los derechos de la inversión extranjera no son menos favorables que los de la inversión nacional. Ellos incluyen la propiedad de activos muebles e inmuebles, concesiones, derechos sobre el dinero, propiedad intelectual, arrendamiento, tecnología, etc.
a) Señale los sectores y actividades reservados exclusivamente al Estado en su país. Explique las regulaciones relativas a esas reservas.
b) Señale los sectores o actividades económicas en que solamente la inversión extranjera esté excluida, restringida o limitada en su país. Explique en qué consiste dicha exclusión, restricción o limitación.
Existen algunas limitaciones en minería. Los inversionistas deben solicitar licencias para la explotación minera en gran escala.
c) ¿Existe, al respecto, el Principio de Reciprocidad Internacional en su legislación?
Sí.
d) ¿Existen requisitos de desempeño a la inversión extranjera?
Sí.
e) ¿Puede la inversión extranjera participar en igualdad de condiciones en las privatizaciones de su país?
Sí.
4. Derechos y protección a la inversión extranjera.
Objetivo: Identificar el tipo de tratamiento que se concede a la inversión extranjera, sus derechos, protección e incentivos.
4.1 El tratamiento a la inversión extranjera y al inversionista extranjero.
a) Trato local o Cláusula de la Nación más favorecida. (Referirse a los párrafos 3.1 y 3.3.)
Tratamiento nacional.
4.2 La Protección a la Propiedad.
a) Causales constitucionales o legales que permiten expropiar o limitar la propiedad.
La política del gobierno no contempla la nacionalización de la propiedad. Las circunstancias objetivas que condujeron a la nacionalización durante los años setenta no existen en este momento.
b) La compensación. ¿Cómo se fija? ¿A qué valor debe corresponder? ¿Cómo debe cancelarse?
La disputas sobre inversiones, bajo los artículos de la Ley de Arbitraje del país, pueden ser referidas al Tribunal Supremo para su sanción o al CIADI o al MIGA.
c) ¿Puede la autoridad tomar posesión material del bien expropiado antes del pago de la compensación?
No.
d) ¿Está igualmente garantizada la propiedad de las cosas corporales e incorporales?
Sí.
4.3 Internación de Aportes y Remesas de Capital y Utilidades.
a) ¿En qué forma pueden internarse los aportes como divisas, bienes físicos, tecnología, créditos asociados, otras modalidades? ¿Existen regulaciones específicas sobre cada modalidad de internación?
Solamente en moneda extranjera bajo la Ley de Control sobre Moneda Extranjera.
b) ¿Existen restricciones a la remesa de capital y utilidades, servicio de créditos u otras transferencias al exterior derivadas de la inversión extranjera?
No.
c) ¿Existen diferentes tipos de mercados cambiarios? ¿A cuáles tiene acceso el inversionista extranjero?
A los tipos de cambio prevalecientes.
4.4 Régimen Impositivo e Incentivos a la inversión extranjera.
a) Explique sumariamente a qué tributos está afecta la inversión extranjera.
Ingreso, impuesto a las empresas y a las ganancias de capital.
b) ¿Existen normas impositivas especiales para la inversión extranjera?
No.
c) ¿Con qué países del Hemisferio ha suscrito su país Convenios para evitar la Doble Tributación?
Canadá.
d) ¿Existen otros incentivos a la inversión extranjera? Ejemplo, acceso al crédito interno, seguros a la inversión, terrenos industriales, franquicias aduaneras, etc.
No. Los extranjeros y los nacionales tienen los mismos beneficios.
Objetivo: Se solicita aquí un pronunciamiento sólo general del tema en lo que se refiere a los Convenios de Protección de Inversiones, en consideración a que el detalle será materia de otro informe.
Los extranjeros y nacionales pueden recurrir al mismo procedimiento. Los inversionistas extranjeros pueden recurrir al Tribunal Supremo para la resolución de disputas.
Guyana es un país signatario de CIADI, MIGA y ha solicitado su incorporación a la OMPI.
Estados Unidos.
Venezuela.
Colombia.
CARIBCAN.
CARICOM.
Se está concluyendo uno con Cuba.
Objetivo: Conocer las instancias responsables ante las cuales actúa el inversionista extranjero, su organización y funciones.
GOINVEST, la entidad de promoción de la inversión, está dirigida por un directorio en el que predomina el sector privado.